Proporcionar a la Compañía dentro de los 15 días hábiles siguientes al aviso del siniestro los recaudos pertinentes que razonablemente se puedan exigir, entre ellos:
- Copia de la cédula de identidad del asegurado.
- Copia de la cédula de identidad, licencia y certificado médico del conductor.
- Copia del documento que acredite la propiedad del vehículo siniestrado.
- Copias certificadas de las actuaciones de tránsito, con su respectiva experticia original de daños.
- Cuadro recibo póliza.
Se debe trasladar el vehículo a un taller sugerido, en un plazo no mayor de 15 días hábiles después de la declaración del siniestro ó de su liberación en caso de haber estado detenido, a los efectos de realizar el ajuste de daños y obtener el presupuesto de reparación.
Adicionalmente, el asegurado deberá consignar los documentos solicitados en cada uno de los siguientes casos: